sábado, 21 de noviembre de 2020

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Sra. Presidente del Concejo Deliberante de la ciudad de Neuquén

Claudia ARGUMERO

Ref: Expte. N.º OE-5712-M Eleva acuerdo suscripto c/Rincón Club de Campo - proyecto de Ordenanza

Los ciudadanos y ciudadanas que acompañan con su firma este documento, le solicitamos que lo incorpore al expediente de la referencia, a efectos que sea conocida y tenida en cuenta durante las deliberaciones correspondientes nuestra opinión y solicitud.

Con respecto al proyecto de Ordenanza y Acta Acuerdo celebrado entre la Intendencia Municipal y El Rincón Club de Campo S.A. es nuestra solicitud que el mismo sea rechazado en los términos planteados, sin otro interés que procurar el bienestar general y la preservación del ambiente y los bienes comunes para nuestra generación y las generaciones futuras, y que la legislación y sus principios rectores sean aplicados a todas y todos por igual, sin privilegios de ninguna especie para nadie.

Rechazamos que la recuperación de la costanera y avenida de la costa sobre el río Neuquén sea encuadrada dentro de una negociación, cuando corresponde que sea consumada de pleno derecho, por el carácter de recursos naturales y bienes públicos que ostentan, y que el Estado tiene la obligación de preservar para uso y goce de toda la comunidad.

Aumenta nuestro rechazo además, que dentro de esas negociaciones se ha incluido la cesión de una superficie de casi 80.000m2 del Área Natural Protegida Parque regional Bardas Norte, que se encuentra a más de 1 kilómetro de la costa y nada tiene que ver con la recuperación de la última. Superficie de parque usurpada por el Rincón Club desde el momento en que de las 3,5 hectáreas autorizadas dicha S.A. alambró más del doble, provocando con ese abuso la pérdida del derecho original otorgado por la Ord. 5736.

Además encontramos ilegítimo e ilegal el procedimiento administrativo cursado, dada la inexistencia de dictamen correspondiente de la Unidad de Gestión de Áreas Protegidas y de la Unidad de Gestión Territorial del Parque Bardas Norte. Y la carencia de evaluación del impacto ambiental de sostener por 20 años la actividad prevista, además en exclusividad.

El Congreso de la Nación declaró la ciudad de Neuquén como “Capital Nacional del Senderismo Urbano”. Atenta contra esa calificación que se sustraigan 80.000m2 de parque regional urbano para uso exclusivo y excluyente de los vecinos de un barrio privado, en perjuicio de miles de metros de senderos que podrían trazarse para el uso y goce de todos los habitantes de la ciudad, y del creciente número de turistas que el senderismo y el paisajismo propician.

Esperamos que ese Concejo Deliberante se sujete a las normas que preservan los mayores intereses del conjunto que representan, descartando el proyecto de ordenanza como se ha formulado con privilegios para una minoría. Y que aseguren que en cualquier proyecto y circunstancia sea garantizado el funcionamiento pleno de los estamentos de participación y consulta ciudadana en forma previa a las acciones que pongan en riesgo de afectación o disminución al medio ambiente y los espacio públicos, de modo de lograr en cada caso no sólo la licencia técnica sino también la “licencia social” de cada emprendimiento.

Firmantes:

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